El suministro de energía eléctrica como “servicio esencial”
Tanto hogares como comercios, autónomos y el ciudadano de a pie acuden atónitos a una
subida por las nubes de la cantidad que tendrán que afrontar para el abono de la energía que
está consumiendo.
Reflexiono perplejo al observar lo que está aconteciendo y considero que es de pura sensatez,
pensar que siempre debe de prevalecer el interés general sobre el afán desmedido de lucro de
las empresas suministradoras, las tan traídas y llevadas eléctricas que miran única y
exclusivamente por su interés. [Interés general vs. Interés particular].
Tengo entendido que por servicio público universal debemos concebir aquel que satisface las
necesidades de la colectividad de manera continua, en cualquier ámbito geográfico y a precio
asequible. (Véase Libro Verde de la Comisión de las Comunidades Europeas, Bruselas 2003).
Ante esta situación, en España, como Estado social, democrático y de Derecho, el Gobierno no
puede adoptar una postura abstencionista (quedarse cruzado de brazos) y por lo tanto bajo mi
humilde punto de vista y siempre dentro del respeto a la ley y teniendo presente que nos
encontramos en una economía de libre mercado, debe desde la moderación adoptar medidas
y si es posible acercar posturas con las empresas antes mencionadas. Entre las formas de
actividad administrativa además de la de Fomento, se encuentran otras dos que son Policía
(control o limitación) así como Servicio Público (actividad prestacional). [Ver Jordana de
Pozas].
No es mi pretensión aburrir más, si bien espero que pese a ser un tema complejo se vaya
solventando en breve.
Recomiendo la lectura del art. 128.1 de nuestra Carta Magna cuando alude a la subordinación
al interés general.